El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo ha inadmitido la denuncia contra España interpuesta por Abdou, el joven senegalés cuyo abrazo con una voluntaria de Cruz Roja se convirtió en icono de la crisis fronteriza de Ceuta de mayo de 2021, según ha informado la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), que ejerce su representación legal.

La famosa fotografía se tomó en la playa de El Tarajal, cuando Marruecos dio vía libre al cruce de migrantes a nado por la frontera con Ceuta. Más de 10.000 personas entraron en avalancha y sin control marroquí durante aquellos dos días en los que el país vecino lanzó una de las maniobras de presión migratoria y diplomática contra el Gobierno de España más graves y espectaculares de la historia reciente.

Abdou, que llevaba varios en años en Marruecos intentando cruzar a Europa, aparecía exhausto en la arena después de nadar entre los espigones fronterizos durante 20 minutos. Luna, la cooperante, trataba de consolarlo después de haber visto inconsciente a su hermano, con el que se echó al agua aquella mañana y del que no volvió a saber nada hasta días después, cuando se reencontraron en Marruecos. Es decir, que ambos migrantes fueron devueltos de forma sumaria.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo ha inadmitido la denuncia contra España interpuesta por Abdou, el joven senegalés cuyo abrazo con una voluntaria de Cruz Roja se convirtió en icono de la crisis fronteriza de Ceuta de mayo de 2021, según ha informado la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), que ejerce su representación legal.

La famosa fotografía se tomó en la playa de El Tarajal, cuando Marruecos dio vía libre al cruce de migrantes a nado por la frontera con Ceuta. Más de 10.000 personas entraron en avalancha y sin control marroquí durante aquellos dos días en los que el país vecino lanzó una de las maniobras de presión migratoria y diplomática contra el Gobierno de España más graves y espectaculares de la historia reciente.

Abdou, que llevaba varios en años en Marruecos intentando cruzar a Europa, aparecía exhausto en la arena después de nadar entre los espigones fronterizos durante 20 minutos. Luna, la cooperante, trataba de consolarlo después de haber visto inconsciente a su hermano, con el que se echó al agua aquella mañana y del que no volvió a saber nada hasta días después, cuando se reencontraron en Marruecos. Es decir, que ambos migrantes fueron devueltos de forma sumaria.

“Desolado y desesperado”

“Se encuentra desolado y desesperado por su difícil situación en Marruecos después de tantos años intentando llegar a España y de la falta de alternativas para hacerlo”, ha explicado Elena Muñoz, abogada de CEAR, que precisa que el joven tenía esperanzas de que el TEDH se pronunciara en sentido contrario. “Lo más preocupante es que va a seguir intentando cruzar por medios más peligrosos ante la ausencia de vías legales para migrar”, ha precisado la letrada.

Nueve horas después de la foto, como quedó grabado y fotografiado por los medios de comunicación, el joven senegalés fue conducido por la Guardia Civil al otro lado de la frontera. No hubo procedimiento judicial, no fue identificado ni tuvo asistencia de un abogado o intérprete ni nadie se interesó por su situación.

Fue una de las miles de devoluciones en caliente que se practicaron aquellos días y que el Ministerio del Interior calificó como “rechazos en frontera”, la fórmula jurídica que introdujo el PP con la Ley de Seguridad Ciudadana (ley mordaza) para legalizar las devoluciones en caliente de migrantes en Ceuta y Melilla.

Promesa incumplida del PSOE

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, prometió derogar esta práctica cuando era candidato. Sin embargo, en 2020, tras la moción de censura que le llevó al Gobierno en 2018, mantuvo el recurso del Gobierno de Rajoy contra una sentencia previa del TEDH que condenó a España por la devolución sumaria de dos migrantes que saltaron la valla de Ceuta en 2014. En un polémico y sorprendente giro argumental, la Gran Sala del TEDH anuló aquella condena, y su sentencia, que creó jurisprudencia, ha servido para que Estrasburgo no admita la denuncia de Abdou.

El llamado “rechazo en frontera” que diseñó el PP no solo se ha mantenido en el ordenamiento jurídico español, sino que ha sido una práctica habitual durante toda la legislatura. Su legalidad ha sido uno de los discursos más repetidos por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, para justificar estas devoluciones en varias ocasiones. No solo durante la crisis de Ceuta, sino también en la tragedia de hace un año en la valla de Melilla, en la que murieron al menos 23 migrantes y 470 fueron devueltos a los agentes marroquíes, que llegaron a entrar en suelo español para llevarse a personas con claros perfiles para recibir asilo o protección internacional en España.

CEAR llevó el caso Abdou ante el Tribunal de Estrasburgo, que informó un año después de que lo sometía a examen junto con las imágenes y vídeos presentados por las ONG en los que se documentaba todo el proceso de devolución.

Según argumentaba la organización, el retorno de Abdou contravenía el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En concreto, incumplía el artículo 4 del protocolo 4 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que prohíbe expresamente las “expulsiones colectivas de extranjeros”. CEAR también hacía hincapié en la violación del artículo 13 del Convenio Europeo para los Derechos Humanos, que permite a cualquier persona retornada recurrir judicialmente su devolución.

Decisión firme y sin recurso

El Alto Tribunal europeo, sin embargo, ha desestimado esta denuncia “sin que sea necesario entrar al fondo de la cuestión”, lamenta CEAR. El argumento del TEDH solo hace referencia a la jurisprudencia generada por el fallo de la Gran Sala del TEDH de 2020 que avaló está práctica en la frontera su española. Es una decisión firme y no puede recurrirse ni llevarse a otras instancias internacionales por “incompatibilidad”, añade la abogada de CEAR.

“Fuimos muchas las organizaciones que advertimos de que aquella decisión suponía un gran retroceso para los derechos humanos y para el derecho de asilo, y este es quizás un buen ejemplo”, ha explicado Muñoz.

La letrada recuerda que la sentencia que avaló las devoluciones en caliente ponía el foco en “el comportamiento de la víctima” para concluir que no hubo vulneración de los derechos humanos. En concreto, aquella decisión anuló la condena porque los denunciantes accedieron al país de forma “tumultuaria” en lugar de usar las vías legales existentes para llegar o para solicitar protección internacional.

Ausencia total de vía legales

Sin embargo, tanto la Fiscalía española como el Defensor del Pueblo han señalado en varias ocasiones la falta de vía legales para los refugiados subsaharianos pueden pedir asilo sin cruzar irregularmente la frontera. Público ya demostró en 2020 que es imposible para estas personas llegar hasta el puesto habilitado en la frontera para pedir asilo.

Tampoco tienen la posibilidad de solicitar asilo en las embajadas y consulados de España en el extranjero, como demuestra el caso de Bashir, uno de los refugiados sudaneses que sobrevivió a la tragedia de Melilla. Con apoyo legal de DEMOS-Estudio Legal de Derechos Humanos, pidió asilo en la embajada española en Rabat. Seis meses después sigue esperando la decisión del embajador, que podría valerle un salvoconducto para viajar a España mientras se estudia su solicitud.

El Consejo de Europa también ha señalado esta realidad que obliga a los refugiados a intentar entrar irregularmente ante la ausencia total de otras posibilidades. Sin embargo, el TEDH sigue asentando la legalidad de esta práctica en España que, sin embargo, sí ha condenado en otras fronteras europeas, como en el caso de los retornos practicados por Italia en el mar o, más recientemente, en la frontera entre Polonia y Bielorrusia.

 

Fuente: publico.es