Sin embargo, la Ley del Deporte en un artículo dedicado a las personas extranjeras, el noveno, especifica que la Administración General del Estado únicamente promoverá la práctica deportiva de quienes tengan “residencia legal” en España, especialmente los menores, como vía de integración social, lo que deja fuera a todas aquellas que se encuentren indocumentadas por diferentes razones. Y en dos artículos posteriores, el 48 y el 49, precisa que, por tanto, las licencias deportivas para la participación en competiciones únicamente se expedirán a extranjeros con residencia legal.

Una liga paralela en Algeciras

La Federación Española de Fútbol no responde

La restricción se amplía a menores tutelados

Un caso “más flagrante” de discriminación

Fuente: publico.es